Guía

DS 90: la norma de emisión a aguas superficiales, explicada

  • 6 min de lectura
  • Por Retiro de RILES

El DS 90 es la norma que fija cuánto puede traer el agua que una industria descarga a un río, un lago o el mar. Aquí va lo que necesitas para operar con ella: si te aplica, qué tabla es la tuya, cuántas veces muestreas y qué hacer cuando un resultado sale mal.

Vista aérea de un decantador circular de una planta de tratamiento

La respuesta corta

El DS 90, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, fechado el 30 de mayo de 2000, establece la norma de emisión para las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. Aplica en todo Chile a los establecimientos que descargan a ríos, lagos o al mar sobre cierta carga. Fija límites máximos en cinco tablas según el tipo de cuerpo receptor, y obliga a muestrear y reportar. Si tu planta descarga al alcantarillado, no es tu norma: la tuya es el DS 609.

¿Tu autocontrol del DS 90 salió fuera de norma?
Mándanos el parámetro que se salió y qué tienes antes de la descarga; vemos si sirve bajar carga con un retiro mientras corriges.

Qué tabla te toca

La tabla no depende de tu rubro sino del agua que recibe tu descarga. Estas son las cinco del texto vigente en LeyChile, con algunos de sus límites para comparar:

  • Tabla 1, ríos sin dilución. La más usada en cauces: DBO5 35 mg/L, sólidos suspendidos 80 mg/L, aceites y grasas 20 mg/L, fósforo 10 mg/L.
  • Tabla 2, ríos considerando la dilución. Si el río tiene capacidad de dilución, el límite de la tabla 1 se multiplica por uno más la tasa de dilución, con un techo: DBO5 300 mg/L, sólidos suspendidos 300 mg/L, aceites y grasas 50 mg/L.
  • Tabla 3, lagos. Para descargas directas a lagos y lagunas naturales, y también a ríos que son afluentes de un lago. Es la más exigente en nutrientes: fósforo 2 mg/L y nitrógeno total 10 mg/L.
  • Tabla 4, mar dentro de la zona de protección litoral. DBO5 60 mg/L, sólidos suspendidos 100 mg/L, aceites y grasas 20 mg/L.
  • Tabla 5, mar fuera de la zona de protección litoral. Sin límite de DBO5; aceites y grasas 150 mg/L y sólidos suspendidos 300 mg/L desde el décimo año de vigencia.

Dos detalles que cambian la tabla

En lagos y en el mar dentro de la zona litoral, los coliformes fecales bajan de 1.000 a 70 NMP/100 ml en áreas aptas para la acuicultura y de manejo de recursos bentónicos. Y si el agua que captas ya trae un contaminante sobre el límite por su contenido natural, el punto 4.1.3 fija tu límite en ese contenido natural, siempre que lo informes.

Cuántas veces muestreas y cómo

El punto 6.3.1 fija un número mínimo de días de monitoreo al año según el volumen que descargas: 12, 24 o 48 días, repartidos en los meses en proporción al volumen de cada mes, y en días de máxima producción o máximo caudal. Si neutralizas tu RIL, además necesitas medición continua de pH con registrador.

Cada muestra es compuesta: al menos tres muestras puntuales si la descarga dura menos de cuatro horas, o una cada dos horas como máximo si dura más. El caudal también tiene regla: bajo 30 m³ al día se estima por el consumo de agua, entre 30 y 300 m³ se mide con un equipo portátil con registro, y sobre 300 m³ se exige cámara de medición y caudalímetro con registro diario.

Mano con guante llenando un frasco de muestra desde una llave, junto a una caja térmica con frascos
La muestra compuesta se arma con varias tomas puntuales durante la descarga.

Dónde se reporta

Según la Superintendencia del Medio Ambiente, desde enero de 2017 los reportes mensuales de autocontrol del DS 90 se entregan solo por el Sistema de RILES de la Ventanilla Única del RETC. El texto original del decreto le asignaba la fiscalización a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, a la autoridad marítima y a los servicios de salud; hoy la fiscaliza la SMA, con la autoridad marítima en las descargas al mar, según el informe de la Biblioteca del Congreso sobre RILES.

Qué hacer entre la muestra mala y el remuestreo

Tienes 15 días y probablemente una sola oportunidad. Lo que suele funcionar es quitar de la descarga lo más cargado mientras encuentras la causa: vaciar el fondo del estanque de ecualización, sacar el lodo acumulado de un decantador que ya no separa, o retener y retirar en camión los lavados más sucios de esos días. Lo hacemos en la mantención y limpieza de plantas de RIL y, si el caso es urgente, en el retiro de RILES de emergencia.

Ojo con los lodos: el punto 4.1.2 prohíbe disponer en el cuerpo receptor los lodos y sólidos de un sistema de tratamiento. Van por las normas de residuos sólidos, y los sacamos con el retiro de lodos industriales.

La revisión del DS 90

El decreto lleva años en revisión. Según InduAmbiente, el anteproyecto se publicó en enero de 2021 y proponía, entre otros cambios, una tabla nueva para estuarios, redefinir la zona de protección litoral, límites más estrictos de nitrógeno y fósforo en lagos, y dos parámetros nuevos, cloro libre residual y trihalometanos. El mismo artículo estimaba que 121 de 865 fuentes emisoras cambiarían de tabla.

Al revisar LeyChile el 28 de septiembre de 2026, el texto publicado del DS 90 seguía siendo el del año 2000. Si tu planta está cerca de un estuario o de un lago, conviene seguir el proceso: es donde los cambios propuestos pesan más.

Errores comunes con el DS 90

  • Mirar la tabla 1 cuando tu río termina en un lago. La tabla 3 aplica también a los afluentes.
  • Calcular la carga con un mes normal. Se calcula con el mes de máxima producción.
  • Dejar el remuestreo para el mes siguiente sin plan. Hay 15 días y la tolerancia es de una sola muestra en meses con pocas muestras.
  • Mandar el lodo con el efluente. Los lodos del tratamiento no pueden ir al cuerpo receptor.
  • Creer que si retiras todo en camión te aplica el DS 90. Si no descargas, no eres fuente emisora; te aplica el DS 594 sobre el transporte y destino del residuo. Lo explicamos en qué son los RILES.

Preguntas frecuentes

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¿Qué es la tabla 1 del DS 90?

Es la tabla de límites máximos para descargas a ríos sin considerar la dilución del cauce. Fija, entre otros, 35 mg/L de DBO5, 80 mg/L de sólidos suspendidos y 20 mg/L de aceites y grasas.

¿Cada cuánto se reporta el autocontrol?

Mensualmente, por el Sistema de RILES de la Ventanilla Única del RETC. El número mínimo de días de muestreo al año va de 12 a 48 según el volumen que descargas.

¿Qué pasa si una muestra sale fuera de norma?

Debes remuestrear dentro de 15 días. Con 10 muestras o menos en el mes, se tolera que solo una exceda y hasta en un 100% del límite; si hay más muestras malas, estás fuera de norma y la SMA puede iniciar un procedimiento sancionatorio.

¿Cuándo entra el nuevo DS 90?

No hay fecha. El anteproyecto de revisión se publicó en enero de 2021 y, al 28 de septiembre de 2026, el texto publicado en LeyChile seguía siendo el del año 2000. Conviene revisar LeyChile y el sitio del Ministerio del Medio Ambiente.

¿El DS 90 aplica si descargo al alcantarillado?

No. Las descargas de RIL al alcantarillado se rigen por el DS 609, y las controla la empresa sanitaria.

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